martes, 10 de noviembre de 2009

BALEARES: Lavaderos de cisternas


Boletín Oficial de las Islas Baleares del 05/11/2009
http://boib.caib.es/pdf/2009162/mp57.pdf


Resolución de la consejera de Comercio, Industria y Energía por la cual se ordena la publicación de la Circular del director general de Industria, de 28 de octubre de 2009, por la cual se establecen medidas transitorias excepcionales en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con la aplicación del Real Decreto 948/2003, de 18 de julio, modificado por la Orden ITC/2765/2005, de 2 de septiembre, por la que se establecen las condiciones mínimas que deben reunir las instalaciones de lavado interior o desgasificación y despresurización de cisternas de mercancías peligrosas



"Se fija un plazo de 6 meses desde la publicación de esta circular como
fecha límite para que las empresas que realicen la actividad de lavado interior o
desgasificación y despresurización de cisternas de mercancías peligrosas acre-
diten el cumplimiento de las condiciones previstas en esta circular y en el RD
948/2003, modificado por la Orden ITC/2765/2005..."

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