martes, 29 de junio de 2010

Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas


Ministerio de la Presidencia (BOE de 08/06/2010 - Sección I)
http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/08/pdfs/BOE-A-2010-9104.pdf


Real Decreto 717/2010, de 28 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.


El Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, fue modificado por los Reales Decretos 700/1998, de 24 de abril; 507/2001, de 11 de mayo; 99/2003, de 24 de enero, y 1802/2008 1802/2008, de 3 de noviembre.

La normativa anteriormente citada constituye la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 67/548/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1967, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas, así como de sus posteriores modificaciones.

Recientemente se ha aprobado el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1907/2006 1907/2006.

Este Reglamento, junto con el Reglamento (CE) n.º 1907/2006 1907/2006, sustituirán en el futuro a la actual legislación nacional de productos químicos, constituida fundamentalmente por el citado Real Decreto 363/1995 y por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.

El Reglamento (CE) n.º 1272/2008 1272/2008 modifica varios artículos de la Directiva 67/548/CEE ya citada y sustituye la referencia al anexo I de esa directiva por la del contenido de la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 1272/2008, en la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999, sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.

Este real decreto tiene como objeto la modificación del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo y del Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, que constituyen una transposición al derecho interno de las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE, respectivamente.

En la elaboración de esta disposición han sido oídos los sectores afectados y el Consejo de Consumidores y Usuarios y consultadas las comunidades autónomas.

Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª y 23.ª de la Constitución, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 40, apartados 5 y 6, de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Sanidad y Política Social, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de mayo de 2010,

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