sábado, 4 de enero de 2014

CSN Instrucción IS-35 diseño de bultos de transporte de material radiactivo con certificado de aprobación de origen español

Instrucción IS-35, de 4 de diciembre de 2013, del Consejo de Seguridad Nuclear, en relación con el tratamiento de las modificaciones de diseño de bultos de transporte de material radiactivo con certificado de aprobación de origen español y de las modificaciones físicas o de operación que re
alice el remitente de un bulto sobre los embalajes que utilice.
Publicado en: «BOE» núm. 4, de 4 de enero de 2014, páginas 586 a 591 (6 págs.)
Sección: III. Otras disposiciones
Departamento: Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia: BOE-A-2014-130

http://www.boe.es/boe/dias/2014/01/04/pdfs/BOE-A-2014-130.pdf


Los requisitos de aprobación que deben cumplir los bultos y expediciones de transporte de material radiactivo son los definidos en los distintos reglamentos internacionales de transporte de mercancías peligrosas, de aplicación en España, como son los siguientes, que se citan junto a sus disposiciones de inserción en el Derecho interno:

– Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), a cuyo cumplimiento remite el Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.

– Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID), a cuyo cumplimiento remite el Real Decreto 412/2001, de 20 de abril, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.

– Instrucciones técnicas para el transporte de mercancías peligrosas por vía aérea de la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI), a cuyo cumplimiento remite el Real Decreto 1749/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueban el Reglamento Nacional sobre el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea y las Instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgo de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea.

– Código Marítimo Internacional sobre el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI).

De acuerdo a las ediciones vigentes de esta reglamentación, en el momento de publicación de esta Instrucción, se requiere aprobación en España de los siguientes tipos de bultos radiactivos:

– Bultos tipo B(U) y tipo C de origen español.

– Bultos tipo B(U) aprobados en otro país en virtud de las disposiciones de las ediciones del Reglamento del OIEA de 1973, 1973 (enmendada), 1985 y 1985 (enmendada en 1990).

– Bultos tipo B(M).

– Bultos para el transporte de sustancias fisionables.

– Bultos que contengan más de 0,1 kg de hexafluoruro de uranio.

1 comentario:

transporte maritimo dijo...

Una información interesante y útil para el sector del transporte marítimo, donde la seguridad es fundamental. Saludos.