DECISIÓN DEL CONSEJO 6 de mayo de 2014 por la que se establece la posición que debe adoptar la Unión en la 53a sesión del Comité de expertos de la OTIF en transporte de mercancías peligrosas en lo que se refiere a determinadas modificaciones del apéndice C del Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril (COTIF), aplicables a partir del 1 de enero de 2015 (2014/327/UE)
http://www.boe.es/doue/2014/166/L00027-00030.pdf
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