Instrucción IS-42 de 26 de julio de 2016, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen los criterios de notificación al Consejo de sucesos en el transporte de material radiactivo.
Publicado en: «BOE» núm. 229, de 22 de septiembre de 2016, páginas 68292 a 68297 (6 págs.)
Sección: III. Otras disposiciones
Departamento: Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia: BOE-A-2016-8705
PDF de la disposición: http://www.boe.es/boe/dias/2016/09/22/pdfs/BOE-A-2016-8705.pdf
Suceso en el transporte de material radiactivo: Todo incidente o accidente que se produzca o se detecte en el proceso de carga, transporte, almacenamiento en tránsito o descarga y que pueda o haya podido afectar a la seguridad radiológica de los bultos o de la expedición.
2. Sucesos en el transporte de material radiactivo que deben comunicarse al CSN.
a) La desaparición (extravío o robo) de material radiactivo en bultos exceptuados, bultos industriales o bultos del Tipo A, producida o detectada durante el transporte, el almacenamiento en tránsito, el paso intermedio por aeropuertos, puertos, etc., así como la detectada a la recepción en el destino final, se notificará antes de 24:00 horas a contar desde el momento en que sea conocida la incidencia. Antes de notificar cualquier desaparición de este tipo de bultos se debe confirmar que se han realizado las gestiones oportunas para la localización de los bultos sin que se hayan obtenido resultados.
b) La desaparición (extravío o robo) de material radiactivo en bultos del Tipo B(U), bultos del tipo B(M), bultos del Tipo C o bultos de material fisionable, producida o detectada durante el transporte, el almacenamiento en tránsito, el paso intermedio por aeropuertos, puertos, etc., así como la detectada a la recepción en el destino final, se notificará con carácter inmediato (antes de una hora) una vez conocida la incidencia.
c) La avería del medio de transporte que suponga la detención del mismo, si se advierte que ha habido una pérdida de cualquier barrera de seguridad de los bultos de material radiactivo o no se puede garantizar el nivel suficiente de seguridad de la expedición se notificará con carácter inmediato (antes de una hora) una vez conocida la incidencia.
d) El accidente durante el transporte, si se sospecha o advierte que ha habido una pérdida de cualquier barrera de seguridad de los bultos de material radiactivo o no se puede garantizar el nivel suficiente de seguridad de la expedición se notificará con carácter inmediato (antes de una hora) una vez conocida la incidencia.
e) El accidente durante el transporte en el que no se sospecha ni advierte que ha habido una pérdida de cualquier barrera de seguridad de los bultos de material radiactivo y se puede garantizar el nivel suficiente de seguridad de la expedición se notificará antes de 24.00 horas a contar desde el momento en que sea conocida la incidencia.
f) La caída u otro incidente ocurrido durante la manipulación de los bultos de transporte de material radiactivo en operaciones de carga y descarga, si se sospecha o advierte que ha habido una pérdida de cualquier barrera de seguridad de los bultos de material radiactivo se notificará con carácter inmediato (antes de una hora) una vez conocida la incidencia.
g) La amenaza a la seguridad física del transporte, tal como la producida por intento de intrusión o sabotaje en el medio de transporte, la degradación intencionada de la seguridad física, el bloqueo de vías de circulación o la amenaza verosímil de bomba, se notificará con carácter inmediato (antes de una hora) una vez conocida la incidencia.
INFORME DETALLADO
6. Independientemente de la notificación, el expedidor del material radiactivo, el transportista, el cargador/descargador o el destinatario, que hayan notificado un suceso en el transporte de material radiactivo, debe remitir en un plazo máximo de 30 días desde la notificación, un informe detallado al CSN que incluya un análisis de las causas del suceso y las medidas correctoras o preventivas que se han adoptado o que deben adoptarse. El CSN tendrá a disposición de los usuarios un modelo de informe para remitir dicha información.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
7. El CSN, si lo considera oportuno, podrá exigir la remisión de información complementaria al informe posterior al que se hace referencia en el punto 6, al expedidor, transportista, cargador/descargador o destinatario del material radiactivo implicado en un suceso, aunque no hayan sido los notificantes del mismo. Asimismo, podrá requerir la revisión del informe correspondiente, si considera que es necesario para la comprensión del mismo.
PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN
Cuarto. Elaboración de un Procedimiento de Notificación de sucesos al CSN.
En un plazo no superior a seis meses a partir de la entrada en vigor de esta Instrucción, los expedidores, cargadores/descargadores, destinatarios y transportistas de material radiactivo deben disponer de un procedimiento que contenga los criterios de notificación de sucesos en el transporte de material radiactivo establecidos en el artículo Tercero, que les resulten de aplicación.
ANEXO I
Notificación de sucesos en el transporte de material radiactivo
Persona de contacto: (Identificación de la persona que realiza la notificación).
Organización a la que pertenece:
Teléfono:
Correo electrónico:
Fecha del suceso: (día/hora).
Localización exacta del suceso:
Modo de transporte: Carretera/Aéreo/Marítimo/Ferrocarril.
Expedidor/es:
Destinatario/es:
Transportista:
Cargador/descargador:
Tipo de Suceso:
Desaparición de material:
Avería del medio de transporte:
Incidente de carga/descarga:
Accidente:
Amenaza de Seguridad física:
Descripción de las materias transportadas (La información de este apartado podrá ser suministrada aportando documentación del transporte: carta de porte, declaración de mercancías peligrosas).
N.º de bultos radiactivos:
Tipo de bultos: (exceptuados, industrial Tipo 1, industrial Tipo 2, industrial Tipo 3, Tipo A, Tipo B(U), Tipo B(M), Tipo C y material fisionable).
Nº ONU:
Para cada bulto se indicará lo siguiente:
Isótopos radiactivos:
Actividad:
Índice de transporte (IT):
Índice de Seguridad con respecto a la Criticidad (ISC): (si procede).
Descripción del suceso (incluir las posibles causas):
Daños sobre los bultos:
Daños sobre el medio de transporte:
Actuaciones correctivas inmediatas (si se han tomado):
Entidades y/o Autoridades que hayan intervenido en el suceso:
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